Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de la empresa RADIO PUNTA 105.3 a fin de que se le
otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de
Previsión Social, a 3 (tres) de sus trabajadores.
RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la Empresa, ha determinado el
envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: Que la presente prórroga se encuentra dentro de los plazos
estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
AMPLIASE por el plazo de 60 (sesenta) días, el beneficio del Seguro por
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 3 (tres) trabajadores
de la firma RADIO PUNTA 105.3 que se encuentran en condiciones legales de
acceder al mismo.