Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo efectuado por la empresa MIDOBER'S., a efectos de que el
Poder Ejecutivo otorgue prórroga del período de amparo al Seguro por
Desempleo para 68 (sesenta y ocho) de sus trabajadores.
RESULTANDO: I) Que la citada Empresa ha sido afectada por serios problemas
económicos, financieros y de mercado, situación que se inscribe dentro de
la problemática de la Industria Manufacturera Nacional.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, determinan
que la empresa se vea imposibilitada de reingresar inmediatamente a dichos
trabajadores.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general mantener esta importante fuente de
trabajo y producción, transitoriamente paralizada por las razones
expuestas, pues la no concesión de dicho beneficio significaría un
problema social irreparable.
III) Que resulta conveniente conceder una nueva extensión del amparo del
Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la empresa seguir
instrumentando las gestiones tendientes a la reincorporación del personal
especializado, evitando la pérdida de la fuente de trabajo.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 10
del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Extiéndese por el período de 60 (sesenta) días, a partir de los
respectivos vencimientos, el amparo de los beneficios que otorga el Banco
de Previsión Social por Seguro de Desempleo a 68 (sesenta y ocho)
trabajadores de la firma MIDOBER'S que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo.