PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CAMPOMAR Y SOULAS S.A.




Promulgación: 31/08/1993
Publicación: 10/09/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
      Visto: El planteo realizado por la Agremiación Obrera Textil, en
representación de los trabajadores de Campomar y Soulas S.A.

      Resultando: I) que la citada empresa, se vio obligada a detener sus
actividades, debiendo enviar a su personal al Seguro de Paro;

      II) que con fecha 6 de julio de 1993 se otorgó una prórroga de 60
días al personal de la empresa, de los beneficios que otorga el Seguro de
Desempleo;

      Considerando: I) que se han dilatado los proyectos tendientes a la
reactivación del establecimiento industrial;

      II) que resulta conveniente conceder una nueva extensión del amparo
al Seguro por Desempleo, a efectos de permitir la reapertura de una fuente
de trabajo importante para la ciudad de Juan Lacaze.

      Atento: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el
artículo 10 del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                     El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

      Amplíase por el plazo de 60 días el amparo a los beneficios que
otorga el Banco de Previsión Social, por Seguro por Desempleo, a los
trabajadores de la empresa Campomar y Soulas S.A. 

2

      Comuníquese, publíquese, etc. 

LACALLE HERRERA - ENRIQUE ALVARO CARBONE
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