Establécese asimismo, que la firma contratista contará con un plazo de 28
(veintiocho) días a partir del siguiente al de la notificación de la
presente resolución, para constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de
Contrato. La falta de constitución de la misma, hará pasible de la
aplicación de lo preceptuado en el Pliego de Condiciones Particulares que
rige la presente licitación.