Comuníquese y pase a la Dirección Nacional de Vialidad a fin de proceder
a la intervención contable del caso, hecho siga al Contador Central de la
Contaduría General de la Nación y al Contador Auditor del Tribunal de
Cuentas de la República, destacados en el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas. Cumplido, vuelva a la citada Unidad Ejecutora, para notificación
de los oferentes, proceder según lo establece el Decreto N° 526/003 de 18
de diciembre de 2003 y demás efectos.