DELEGACION DE ATRIBUCIONES AL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS Y AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES




Promulgación: 19/09/1991
Publicación: 09/12/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 377
 Ver:  Resolución Nº 684/015 de 02/06/2015 numeral 1.
   Visto: que con fecha 26 de marzo de 1991 se ha firmado el Tratado de
Asunción entre los Gobiernos de la República Argentina, República
Federativa de Brasil, República del Paraguay y de la República Oriental
del Uruguay por el cual se ha constituido el "Mercado Común del Sur"
(MERCOSUR).

    Resultando: I) Que se llevarán a cabo varias reuniones de trabajo del
Grupo Mercado Común en diferentes localidades de nuestro continente y
posiblemente en otras, a fin de analizar su reglamento interno y su
funcionamiento;

    II) Que el Poder Ejecutivo en su calidad de jerarca de las
dependencias de la Administración Central autoriza los viajes en Misión
Oficial al exterior, previo informe de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto;

    III) Que asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas está
autorizado para otorgar Fondos Permanentes para atender las erogaciones
por concepto de viáticos partidas especiales y pasajes en las Misiones
Oficiales de funcionarios públicos que viajen al exterior.

     Considerando: que a efectos de agilitar los trámites administrativos
referentes a las Misiones Oficiales en el exterior de los funcionarios
públicos que concurran a las diferentes reuniones que se celebran en el
marco del MERCOSUR se estima conveniente la delegación de las atribuciones
en el Ministerio de Economía y Finanzas y Ministerio de Relaciones
Exteriores.

     Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los
artículos 168, numeral 24, y 160 de la Constitución de la República y
artículos 53 y 54 de la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990,

     El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                                 RESUELVE:

1

    Delégase en el Ministerio de Economía y Finanzas y en el Ministerio
de Relaciones Exteriores las atribuciones del Poder Ejecutivo
concernientes a la autorización de viajes en Misión Oficial al exterior de
funcionarios públicos que viajen al exterior en reuniones vinculadas al
Mercado Común del Sur (MERCOSUR) autorizando los gastos correspondientes a
cada Misión.
Referencias al numeral

2

      Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral anterior, el Poder
Ejecutivo podrá avocarse en cualquier momento los asuntos cuyas
atribuciones se delegan.
Referencias al numeral

3

     Las atribuciones delegadas no pueden ser a su vez objeto de
delegación.
Referencias al numeral

4

     Concédese fondo permanente en el Programa 001 "Administración de los
Recursos de Apoyo a la Conducción Económico-Financiera" del inciso 05
"Ministerio de Economía y Finanzas" por la suma en moneda nacional
equivalente a U$S 30.000.00 (treinta mil dólares de los Estados Unidos de
América), a fin de atender el pago contado de viáticos, partidas
especiales y pasajes de las Misiones Oficiales que se realicen en el marco
del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), al amparo de lo dispuesto por el
artículo 54 de la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990.
Referencias al numeral

5

      Encomiéndese a la Contaduría General de la Nación la codificación
del fondo permanente autorizado en el numeral precedente.
Referencias al numeral

6

      Comuníquese y pase por su orden y a sus efectos a la Contaduría
General de la Nación y al Departamento de Habilitación del Ministerio de
Economía y Finanzas.

LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - MARIANO R. BRITO - ENRIQUE BRAGA
SILVA - GUILLERMO GARCIA COSTA - RICARDO GOROSITO - AUGUSTO MONTESDEOCA -
ENRIQUE ALVARO CARBONE - CARLOS E. DELPIAZZO - GUSTAVO FERRES - JOSE VILLAR GOMEZ - RAUL LAGO
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