AUTORIZACION A CABO LTDA. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO. RESOLUCION ANP 251/3.492




Promulgación: 03/08/2009
Publicación: 13/08/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 291
Referencias a toda la norma
VISTO: la gestión promovida por la empresa CABO LTDA. ante la
Administración Nacional de Puertos.

RESULTANDO: I) que la citada firma solicita la habilitación y posterior
inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios, para prestar servicios en el Grupo "Al Buque" en las
categorías "Amarre y Desamarre" y "Cualesquiera Otros, directos,
indirectos o conexos, que se puedan prestar a las embarcaciones o
artefactos navales y a sus tripulaciones" en el Puerto de Montevideo, al
amparo de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 412/992 de 1º de
setiembre de 1992 y Artículos 14 y 18 del Decreto Nº 413/992 de la misma
fecha "Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios".

II) Que la Administración Nacional de Puertos, luego de analizar la
documentación presentada por la mencionada empresa, por Resolución de
Directorio Nº 251/3.492 de fecha 5 de mayo de 2009, autorizó su
habilitación para la prestación de los servicios solicitados,
ad-referéndum de su aprobación por el Poder Ejecutivo;

III) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se
expidieron al respecto sin formular observaciones.

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y los
Decretos Reglamentarios Nos. 412/992 y 413/992 de 1º de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos Nº 251/3.492 de fecha 5 de mayo de 2009, por la cual se autorizó a
la empresa CABO LTDA., para prestar servicios portuarios en las categorías
"Amarre y Desamarre" y "Cualesquiera Otros, directos, indirectos o
conexos, que se puedan prestar a las embarcaciones o artefactos navales y
a sus tripulaciones" en el Puerto de Montevideo, con la consiguiente
inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

2

 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional a sus efectos.


TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI
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