Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la gestión del "Banco de la Provincia de Buenos Aires".
Resultando: I) que por la misma solicita se le autorice a incrementar
el capital asignado a su dependencia en la República Oriental del Uruguay,
la que gira con la denominación de "CASA BANCARIA DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES" a la suma de $ 17:000.000,oo (pesos uruguayos diecisiete
millones).
II) que dicho aumento fue resuelto por el Directorio del Banco con
fecha 15 de octubre de 1992.
Considerando: I) que ha merecido opiniones favorables de los
Organismos Asesores correspondientes.
II) que la presente gestión está encuadrada en el régimen legal
vigente en materia de Bancos y Casas Bancarias.
III) lo establecido por el artículo 411° de la Ley N° 13.892 de 19 de
octubre de 1970, artículo 4°, numeral 5°, del Decreto N° 574/974 de 12 de
julio de 1974, el Decreto-Ley N° 15.322 de 17 de setiembre de 1982 y la
Ley N° 16.327 de 11 de noviembre de 1992 y demás disposiciones legales y
concordantes.
Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay, la
Inspección General de Hacienda y la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Apruébase el aumento de capital de "CASA BANCARIA DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES", el que queda fijado en la suma de $ 17:000.000,oo (pesos
uruguayos diecisiete millones).