VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por "CANELONES
CABLEVISION COLOR S.R.L.", para que se autorice la transformación de
dicha sociedad de responsabilidad limitada en sociedad anónima.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de
julio de 1993, se autorizó al peticionante, a suministrar el servicio de
televisión para abonados, en las ciudades de Canelones, Santa Lucía y
Pando.-
II) que de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo
459/997 de 28 de mayo de 1997, se aprobó por la Resolución del Poder
Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 1998, la ampliación del área de
servicio de los operadores de televisión para abonados del interior del
país, entre los que se encuentra la peticionante.-
III) que la sociedad permisionaria, "CANELONES CABLEVISION COLOR S.R.L.",
está integrada por los señores Leonardo, Arturo y Jorge Szyfer Lipowicz,
Sergio Walter Pintos Mariño, Juan Carlos Costanian Cúneo y Eugenio
Garfinkel Shifenhauer.-
CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el numeral 2) del artículo 4to. y
numeral 3) del artículo 3ro. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de
1984, en la redacción sustitutiva dada por los artículos 8vo. y 9no. de
la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.-
II) que se ha acreditado en autos los estatutos de la sociedad anónima,
constando su aprobación, inscripción y publicación.-
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los
Decretos-Leyes 15.671 de 8 de noviembre de 1984 y 14.670 de 23 de junio de
1977, por la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, Decreto 349/990 de 7
de agosto de 1990 y sus modificativos y complementarios y a lo informado
por la Dirección Nacional de Comunicaciones y lo dictaminado por las
Asesorías Letradas de la Dirección Nacional de Comunicaciones y del
Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase la transformación de la sociedad de responsabilidad limitada
"CANELONES CABLEVISION COLOR S.R.L.", permisionaria del servicio de
televisión para abonados en las ciudades de Canelones, Santa Lucía y
Pando del departamento de Canelones, en una sociedad anónima con acciones
nominativas cuyos titulares son los señores Leonardo, Arturo y Jorge
Szyfer Lipowicz, Sergio Walter Pintos Mariño, Juan Carlos Costanian Cúneo
y Eugenio Garfinkel Shifenhauer.-
Establécese que la referida transformación de la sociedad rige también
para la ampliación del área de servicio dispuesta por la Resolución del
Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 1998.-