PRORROGA DE PLAZO A BADILUZ S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO




Promulgación: 22/06/2015
Publicación: 29/06/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la empresa BADILUZ S.A., ante la Administración Nacional de Puertos, por la que solicita la prórroga del permiso de explotación del Depósito N° 24 del Puerto de Montevideo.

   RESULTANDO: I) Que por Resolución del Directorio del citado Organismo N° 372/3.497 de fecha 16 de junio de 2009, se adjudicó a la mencionada firma, el llamado a Licitación Pública N° V "Permiso para la explotación del Depósito N° 24 del Puerto de Montevideo" por un canon fijo mensual de U$S 50.500.

   II) Que por Resolución del Directorio N° 408/3.739 de fecha 5 de agosto de 2014, la Administración Nacional de Puertos encomendó a su Departamento Secretaría General, notificar a BADILUZ S.A., la disposición del Organismo a acceder a la solicitud de la prórroga del permiso de referencia.

   III) Que por Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 562/3.750 de fecha 22 de octubre de 2014, se prorrogó a partir de su vencimiento, a la firma BADILUZ S.A., el permiso de ocupación de que se trata, por el plazo de 1 año.

   IV) Que BADILUZ S.A. presentó recurso de revocación y anulación contra la resolución mencionada precedentemente, solicitando se revoque la misma y se admita la prórroga gestionada por el plazo de 5 años de acuerdo a la Resolución N° 408/3.739 de fecha 5 de agosto de 2014, expresando que el acto administrativo que dispuso prorrogar el permiso de ocupación por el plazo de 1 año le ocasiona un profundo agravio en la medida que de modo contrario a la Resolución N° 408/3.739, dispone otorgar la prórroga por un solo año o hasta que se produzca la adjudicación de la licitación.

   V) Que por Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 689/3.756 de fecha 16 de diciembre de 2014, se procede a hacer lugar al recurso de revocación interpuesto por la firma BADILUZ S.A. contra la Resolución del Directorio N° 562/3.750 de fecha 22 de octubre de 2014, revocando parcialmente la misma, en lo que refiere al plazo establecido, dejando sin efecto el plazo de 1 año otorgado, estableciendo que la prórroga del permiso será de 5 años.

   VI) Que el Area Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - Carpeta N° 2015-17-1-0001624), se expidieron sin formular objeciones al respecto.

   CONSIDERANDO: que la presente gestión encuadra en lo dispuesto por los artículos 50, 51 y 52 del Decreto N° 412/992 de fecha 1° de setiembre de 1992, reglamentario de la Ley de Puertos N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992 y Decreto modificativo N° 382/2009 de fecha 18 de agosto de 2009, por lo que se estaría en condiciones de dictar resolución aprobando la prórroga del permiso de ocupación gestionada.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la normativa citada. 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Apruébase la Resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 562/3.750 de fecha 22 de octubre de 2014 y su modificativa N° 689/3.756 de fecha 16 de diciembre de 2014, por la cual se otorgó a la firma BADILUZ S.A., una prórroga por un plazo de 5 (cinco) años contados a partir del vencimiento anterior o hasta que se produzca la adjudicación de la licitación, del permiso de explotación del Depósito N° 24 del Puerto de Montevideo, con los detalles y condiciones explicitadas en dichos actos administrativos.

2

   Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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