DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ASTRA PESQUERIAS URUGUAYAS SA




Promulgación: 26/08/1982
Publicación: 24/09/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 319
   Visto: la solicitud de la empresa Astra Pesquerías Uruguayas S.A.
tendiente a que se le prorrogue el plazo que le fuera concedido para la
aplicación del beneficio de canalización del ahorro.

   Resultando: I) Que el proyecto de inversión presentado por dicha
empresa se declaró comprendido en los beneficios y facilidades de la ley
de Promoción Industrial por resolución del Poder Ejecutivo 190/979, del 31
de enero de 1979 y modificativa del 4 de abril de 1979;

   II) Que la Unidad Asesora de Promoción Industrial, considerando
valederos los argumentos presentados por la empresa, sugiere que se acceda
a lo solicitado ampliando el plazo de aplicación del beneficio de
canalización del ahorro del 31 de marzo de 1981 hasta el 31 de octubre de
1982.

   Atento: a lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
lo establecido por la ley 14.178, del 28 de marzo de 1974 (de Promoción
Industrial), decreto 461/979, de 13 de agosto de 1979, y a lo establecido
en la resolución del Poder Ejecutivo de 23 de julio de 1982, por la cual
se aceptó la excusación solicitada por el señor Ministro de Industria y
Energía contador Walter Lusiardo Aznarez para intervenir en actuaciones
que involucren a la razón social titular de estas actuaciones siendo
subrogado por el señor Ministro de Agricultura y Pesca,

   El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

   Autorízase la modificación del proyecto de inversión presentado por la
empresa Astra Pesquerías Uruguayas S.A., aprobado por resolución del Poder
Ejecutivo 190/979, del 31 de enero de 1979 y modificativa del 4 de abril
de 1979, en el sentido de establecer como fecha de aporte de capital
propio, para el financiamiento del proyecto, el 30 de abril de 1982
(literal a) del artículo 2º del decreto 461/979, del 13 de agosto de 1979.

2

   La presente resolución será refrendada por el señor Ministro de
Agricultura y Pesca.

3

   Comuníquese, etc.

ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA - VALENTIN ARISMENDI
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