Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud efectuada por la Empresa SAGRIN S.A., a fin de que se
extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social a 5 (cinco) de sus trabajadores.
RESULTANDO: I) Que por razones de disminución en la demanda de sus
productos, se dispuso el envío al Seguro de Desempleo a sus
trabajadores.
II) Que en la actualidad no existe posibilidad de reintegrar a dichos
trabajadores en forma inmediata.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la actividad
laboral que proporciona la empresa.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Extiéndase hasta el 29 de febrero del 2000, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 5 (cinco)
trabajadores de la firma SAGRIN S.A. que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo.