PUERTOS. PRORROGA DE PERMISO DE OCUPACION. LOS CIPRESES S.A.




Promulgación: 06/11/2006
Publicación: 13/11/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1126
VISTO: la Resolución de la Presidencia de la Administración Nacional de Puertos de 12 de julio de 2006.

RESULTANDO: I) Que por el mencionado acto administrativo la citada Administración Nacional resolvió prorrogar a LOS CIPRESES S.A., supeditado a la aprobación del Poder Ejecutivo, un permiso de ocupación en el Puerto de Colonia, de un área cerrada de 223,50 metros cuadrados (Depósito "F") con destino a mercaderías de los Free Shop de consumo abordo, por un plazo de 1 (un) año contado a partir de la fecha de vencimiento de la prórroga otorgada por Resolución de Directorio de la Administración Nacional de Puertos Nº 361/3.339 de fecha 9 de setiembre de 2004.

II) Que además, se dispuso que la firma abonase un canon mensual de 
U$S 3/m² dejándose establecidos todos los recaudos y garantías que deberá 
cumplimentar la firma permisaria.

CONSIDERANDO: I) Que elevados estos obrados al Ministerio de Transporte y Obras Públicas intervino la Asesoría Técnica en Asuntos Portuarios y el Departamento Letrado expidiéndose favorablemente a la gestión de autos.

II) Que, el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - Carpeta Nº 199.437 Ent. 5307) intervino la gestión, sin observaciones al respecto.

ATENTO: a lo dispuesto por la Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992, y los Decretos reglamentarios Nº s. 412/992 y 413/992, ambos de 1º de setiembre de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución de la Presidencia de la Administración Nacional de Puertos de 12 de julio de 2006, por la que se otorgó a LOS CIPRESES S.A., una prorroga del permiso de ocupación en el Puerto de Colonia, de un área cerrada de 223,50 metros cuadrados (Depósito "F"), con destino a mercaderías de los Free Shop de consumo abordo, por un plazo de un (1) año, con un canon mensual de U$S 3 por metro cuadrado.

2

 Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos, a sus efectos.

TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI
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