VISTO: la solicitud de la empresa COMPAÑÍA INDUSTRIALIZADORA DE MINERALES S.A., tendiente a que se modifique la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de mayo de 2006, por la cual se amplió la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de setiembre de 2005, por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta que en la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de mayo de 2006 se omitió la inclusión en los beneficios otorgados para la importación, de 3 ítems de materiales de la obra civil que fueran declarados no competitivos de la industria nacional;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el art. 12 de la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998, consideran que corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No.14.178 del 28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Modifícase el numeral 1° de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 15 de mayo de 2006, por la cual se amplió la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de setiembre 2005, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de inversión de la empresa COMPAÑIA INDUSTRIALIZADORA DE MINERALES S.A., en el sentido de incluir el siguiente equipamiento:
* Mil trescientas (1.300) toneladas de hierro y acero.
* Un (1) conjunto de divisorias anti llamas para paredes internas.
* Un (1) set de revestimiento de porcelanato.
que fuera declarado no competitivo de la industria nacional.