EXONERACION DEL IVA A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES GENERADAS POR LA ACTUACION DEL ARTISTA PACO DE LUCIA




Promulgación: 11/11/2013
Publicación: 27/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2007
VISTO: la actuación del artista Paco de Lucía que se llevará a cabo el día
17 de noviembre de 2013 en la ciudad de Montevideo.

RESULTANDO: I) que el evento a realizarse tiene una indudable
trascendencia cultural, artística y turística.

II) que la misma ha sido declarada de interés nacional por parte del
Ministerio de Turismo y Deporte e interés cultural por el Ministerio de
Educación y Cultura.

CONSIDERANDO: conveniente otorgar en el marco de las disposiciones legales
vigentes, aquellos beneficios fiscales que mejoren las condiciones de
realización de la referida actuación.

ATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el artículo 312
de la Ley N° 18.996 de 7 de noviembre de 2012,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Exonérase del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las retribuciones
personales generadas por la actuación del artista Paco de Lucía,
correspondientes al espectáculo que se llevará a cabo el día 17 de
noviembre de 2013 en la ciudad de Montevideo.

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - OSCAR GÓMEZ - LILIAM KECHICHIAN
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