DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. COLONIA




Promulgación: 14/06/1995
Publicación: 17/07/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 548

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 Los bienes quedan efectuados por las siguientes servidumbres: prohibición
de realizar cualquier modificación arquitectónica, paisajística o de
cualquier otra índole que altere o pueda modificar el área protegida sin
el consentimiento previo de la Comisión del Patrimonio Histórico,
Artístico y Cultural de la Nación; prohibición de destinar el Monumento
Histórico a usos incompatibles con las finalidades de la Ley Nº 14.040;
obligación de proveer a la conservación del inmueble, obligación de
permitir las inspecciones que disponga la Comisión del Patrimonio
Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, o el Consejo Ejecutivo
Honorario de Colonia a los fines de la comprobación del estado y
conservación del bien y del fiel cumplimiento de las obligaciones y
prohibiciones consagradas por la Ley Nº 14.040.
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