ADJUDICACION DEL SERVICIO DE TRANSMISION DE DATOS POR RED INALAMBRICA DE BANDA ANCHA. RIVIZUL S.A.




Promulgación: 07/09/1999
Publicación: 15/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 585
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por "RIVIZUL S.A.", en
el sentido que se le conceda autorización para la instalación y operación
de una red inalámbrica de banda ancha que opere en determinadas bandas de
frecuencias.-

RESULTANDO: I) que la propuesta de referencia constituye un nuevo
servicio de telecomunicaciones, cuya disponibilidad resulta beneficiosa
para la actividad productiva nacional.-

II) que el mismo estará condicionado a la disponibilidad del espectro
radioeléctrico, estableciendo la Dirección Nacional de Comunicaciones las
características de operación del sistema y el funcionamiento de los
equipos, incluyendo las frecuencias radioeléctricas.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en el numeral 3)
del artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la
redacción dada por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre
de 1991, a lo informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones y por
la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a "RIVIZUL S.A.", la instalación y operación, con carácter
comercial, de una red inalámbrica de banda ancha, para la prestación en
forma no exclusiva del servicio de transmisión de datos que no involucre
la prestación de servicios de radiodifusión (radio y televisión) o
telefonía, supeditada a la disponibilidad del espectro radioeléctrico.-

2

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones
a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - CARLOS OLARREAGA
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