DEJA SIN EFECTO CONCESION DE PERSONERIA JURIDICA. CAJA DE AUXILIO DE LOS FUNCIONARIOS DEL CASMU (CAFUCA)




Promulgación: 30/04/2002
Publicación: 07/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 639
                                                                          
VISTO: La Resolución de fecha 4 de junio de 1997 por la que se concedió 
la personería jurídica a la Caja de Auxilio de los funcionarios del CASMU 
(CAFUCA) como "Sociedad Administradora de Fondos Complementarios de 
Seguridad Social".

RESULTANDO: I) Que la naturaleza jurídica de la Caja de Auxilio de los 
Funcionarios del CASMU, es la de "Sociedad Administradora de Fondos 
Complementarios de Previsión Social" regida por el Decreto-Ley Nº 15.611 
de fecha 10 de agosto de 1984 y Decreto Nº 305/989 de fecha 28 de junio 
de 1989;

II) Que ser padeció error en la Resolución de 23 de abril de 1997, al 
establecer en el numeral 2º que se concedía la personería jurídica a la 
asociación de referencia.

CONSIDERANDO: Que en la oportunidad se han cumplido con los requisitos 
establecidos en el Decreto-Ley Nº 15.611 de fecha 20 de agosto de 1984 y 
Decreto 305/989 de 28 de junio de 1989, en especial, la factibilidad 
actuarial y viabilidad financiera de la Caja de Auxilio de los 
Funcionarios del CASMU, según informe del Banco de Previsión Social, por 
lo que no existen impedimentos para proceder a la homologación de los 
Estatutos solicitada.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y las normas legales y 
reglamentarias citadas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Déjase sin efecto el numeral 2º de la Resolución de fecha 4 de junio de 
1997 por el que se concedió la personería jurídica a la Caja de Auxilio 
de los funcionarios del CASMU (CAFUCA).

BATLLE - ALVARO ALONSO


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