Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la resolución 57/993 de fecha 3 de mayo de 1993 de la Dirección
General de Aviación Civil, la cual autorizó temporariamente a la
Empresa AIR FRANCE a operar sus dos frecuencias semanales de transporte
de pasajeros, correo y carga con otro equipo en el tramo MONTEVIDEO -
BUENOS AIRES y a operar una frecuencia semanal de transporte de carga
pura con equipo BOEING 747 carguero en la ruta MONTEVIDEO - PARIS.-
Resultando: I) que las solicitudes, responden a una readecuación de
los servicios de la peticionante y no están previstas en el Acuerdo de
Transporte Aéreo Comercial inicialada a nivel de las Autoridades Aeronáuticas de ambos países el 11 de octubre de 1979.-
II) que la Comisión Nacional de Política Aeronáutica en su Sesión 391
de 28 de abril de 1993, recomendó que en el transcurso del plazo de seis
meses, contados a partir de la notificación de la autorización
provisoria, deberían realizarse las gestiones pertinentes para celebrar
una Reunión de Autoridades Aeronáuticas de ambos Estado, a fin de
culminar un Acuerdo de Transporte Aéreo que determine las relaciones
aeronáuticas de los mismos.
Considerando: que se han dada las condiciones de urgencia previstas
por el artículo 2 de la Reglamentación aprobada por el Decreto 1124 de
fecha 14 de junio de 1941.-
Atento: el artículo 16 del Código Aeronáutico y a lo informado por el
Comando General de la Fuerza Aérea.-
El Presidente de la República,
RESUELVE:
Apruébase en los términos del artículo 2do. de la Reglamentación
aprobada por Decreto 1124 de 4 de junio de 1941, la Resolución 57/993 de
fecha 3 de mayo de 1993 de la Dirección General de Aviación Civil.
Pase a la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica para que en coordinación con el Ministerio de Relaciones
Exteriores, proceda a realizar las gestiones pertinentes con las
Autoridades de la República de Francia, en lo atinente a lo establecido
en el Resultando II) de esta Resolución.