VISTO: la propuesta elevada por el Ministerio de Relaciones Exteriores;
CONSIDERANDO: que el señor Gabriel Orellana, Ministro de Relaciones
Exteriores de la República de Guatemala es una personalidad relevante y
ha desarrollado una destacada labor para el acercamiento de los pueblos
uruguayo y guatemalteco;
ATENTO: lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley 16.300 de fecha 28 de
agosto de 1992 y sus correspondientes reglamentos;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE: