Exonérase a Industrias Técnicas de Calzado del Uruguay S.A. del Impuesto
a las Trasmisiones Inmobiliarias y demás tributos que graven la
adquisición, escrituración y registro de los inmuebles previstos para la
ejecución del proyecto, por el lapso de 3 años a partir de la presente
resolución. (Anexo Nº 1). (*)