Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo realizado por Agroindustrias La Sierra S.A.
solicitando la extensión del Seguro por Desempleo para 125 (ciento
veinticinco) trabajadores.
RESULTANDO: Que la referida institución se encuentra paralizada, ante
una situación coyuntural adversa, que determina la imposibilidad del
reintegro de sus trabajadores a su trabajo habitual en forma inmediata.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo, de vital importancia para Pueblo Gregorio Aznarez (Departamento
de Maldonado), ya que de no accederse a la prórroga significaría un
evidente e irreparable problema social.
III) En tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del amparo
al Seguro por Desempleo, pues, dado que desde la Junta Nacional de Empleo,
se estan estudiando modalidades de intervención, a fin de solucionar el
problema de la empleabilidad de esta localidad, es imprescindible para
promover dicho emprendimiento, otorgar el presente beneficio.
ATENTO: A lo expuesto precedentemente y a lo preceptuado por el artículo
10 del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Extiéndese por el plazo de 30 (treinta) días a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del Seguro por Desempleo que abona el
Banco de Previsión Social, a los 125 (ciento veinticinco) trabajadores de
la firma Agroindustrias La Sierra S.A., que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo.