AMPLIACION DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. RILOMAN S.A.




Promulgación: 02/02/2009
Publicación: 12/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de la Empresa RILOMAN S.A., a fin de que se le otorgue
el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión
Social, a 10 (diez) de sus trabajadores;

RESULTANDO: Que la caída de la actividad en la empresa, ha determinado el
envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo;

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el Inciso 2º del Artículo 10º del Decreto Ley Nº
15.180;

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo a efectos de permitir la instrumentación de las medidas
necesarias a fin de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el Artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de Agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 AMPLIASE por el plazo de 90 (noventa) días, el beneficio de Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 10 (diez)
trabajadores de la Empresa RILOMAN S.A. que se encuentran en condiciones
legales de acceder al mismo.

2

 EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta Resolución se concede, se liquidará
conforme a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180 de
fecha 20 de Agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI
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