VISTO: la solicitud de la empresa SPEFAR S.A., tendiente a que se amplíe
la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 27 de octubre de 2004, por la
que se declaró promovida la actividad de su proyecto de inversión;
RESULTANDO: la empresa manifiesta la necesidad de nuevas inversiones con
el fin de incrementar la capacidad de producción del proceso de empaque
de blisters y además dar cumplimiento a requerimientos de normas
nacionales e internacionales;
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe y la
recomendación realizados por el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley;
II) que la ampliación del proyecto presentada por SPEFAR S.A. da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998:
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del
28 de marzo de 1974 y en la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Amplíase la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 27 de octubre de
2004, por la que se declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa SPEFAR S.A. en el sentido de incluir:
· Una (1) estuchadora.
· Un (1) equipo de hot-melt para cerrado de estuches.
· Un (1) sistema láser para marcar códigos.
· Un (1) sistema de visión color.
· Un (1) sistema de lectura de códigos de barras.
dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral 2º, declarado
no competitivo de la industria nacional.
TABARE VAZQUEZ - MARTIN PONCE DE LEON - DANILO ASTORI