AUTORIZACION A LAS PALMAS S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE NUEVA PALMIRA




Promulgación: 22/08/1997
Publicación: 04/09/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 517
  VISTO: la gestión promovida por la empresa LAS PALMAS S.A. ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para que se le extienda la habilitación para prestar
Servicios al Buque en la categoría "Reparaciones Navales" en el Puerto de
Nueva Palmira con posterior inscripción en el Subregistro de Empresas
Prestadoras de Servicios Portuarios correspondiente.

  RESULTANDO: I) Que la firma LAS PALMAS S.A. fue habilitada con
anterioridad para prestar servicios portuarios al Buque en la categoría
"Reparaciones Navales" en el Puerto de Montevideo y en esta oportunidad
dicha empresa solicita se amplíe la habilitación para prestar servicios en
la categoría antes mencionada en el Puerto de Nueva Palmira.

II) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en los
Artículos 14 y 15 del Decreto Nº 412/92 "Reglamento de la Ley de Puertos"
y Artículos 14, 17 y 18 del Decreto Nº 413/92 "Reglamento de Habilitación
de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios", de fecha 1 de setiembre
de 1992.

III) Que la Administración Nacional de Puertos, por resolución Nº 683/3013
de fecha 28 de julio de 1997, habilita -supeditada a la aprobación del
Poder Ejecutivo- a la referida empresa para la prestación de los servicios
solicitados y remite al Ministerio de Transporte y Obras Públicas las
actuaciones generadas en dicho Organismo, consistentes en la intervención
de su Unidad de Contralor de Prestación de Servicios Portuarios, la cual
controló la documentación aportada por la interesada, en cumplimiento de
los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que se exigen
reglamentariamente para la habilitación en cuestión, no formulándose
objeciones.

IV) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría
Técnica en Asuntos Portuarios, es conteste con el criterio manifestado
precedentemente.

  ATENTO: a lo dispuesto en la Ley. Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y
Decreto Reglamentario Nº 413/92 del 1 de setiembre de 1992, Artículos 14,
17 y 18.

                       EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                             RESUELVE:

1

   Apruébase la habilitación otorgada por la Administración Nacional de
Puertos a la empresa LAS PALMAS S.A. para prestar Servicios al Buque en la
categoría "Reparaciones Navales" en el Puerto de Nueva Palmira, así como
oportunamente proceder a la inscripción de la misma en el Subregistro de
Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios correspondiente, una vez
cumplidos todos los requisitos previstos en el Decreto Nº 413/992 del 1 de
setiembre de 1992.

2

   Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus
efectos.

SANGUINETTI - CONRADO SERRENTINO
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