VISTO: la solicitud de la empresa NILDA TARUSELLI DE CARAM e HIJA
(COMPLEJO TURISTICO SAN FRANCISCO), tendiente a modificar el numeral 5º.
de la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 13 de agosto de 1997 y su
modificativa de fecha 7 de setiembre de 2000, por el que se declaró de
Interés Nacional de acuerdo a lo establecido por el inciso 2º. del
artículo 1º. del Decreto No. 291/95, la actividad de su proyecto de
inversión;
RESULTANDO: la empresa solicita prórroga del plazo previsto en el numeral
5o. de la mencionada resolución, debido a motivos ajenos a la empresa que
retrasaron el cronograma original de inversiones del proyecto,
CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12º. de la Ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto No. 291/95 del 2 de
agosto de 1995;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Modifícase el numeral 5º. de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
13 de agosto de 1997 y su modificativa de fecha 7 de setiembre de 2000,
por la que se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto de
inversión de la empresa NILDA TARUSELLI DE CARAM e HIJA (COMPLEJO
TURISTICO SAN FRANCISCO), estableciéndose que el plazo es hasta el 31 de
diciembre de 2001;