VISTO: la solicitud de la empresa NOBELOY S.A., referente a la prestación
de servicios de estudios de biología molecular en el área de filiación y
salud humana, con la finalidad de obtener la declaratoria promocional
para la actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión
y la concesión de diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: I) el proyecto presentado tiene como objetivo la
incorporación de nuevos equipos con mayores niveles de eficiencia y
posibilidades de investigación con la finalidad de aplicar los servicios
de biotecnología a la producción agropecuaria nacional y a la industria
de alimentos;
II) se deja sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de
febrero de 2004 que declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa NOBELOY S.A. por haberse omitido la inclusión de
los reactivos, en su numeral 2º.
CONSIDERANDO: I) que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º. de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizados por el Ministerio de Industrial, Energía y
Minería, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de
beneficios establecidos en la citada Ley.
II) que el proyecto presentado por NOBELOY S.A. da cumplimiento con el
artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Déjase sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de
febrero de 2004 que declaró promovida la actividad del proyecto de
inversión de la empresa NOBELOY S.A.