VISTO: La gestión de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y
Cultural de la Nación para que sea declarado Monumento Histórico el
ómnibus de pasajeros - "REO MOTOR COMPANY", modelo 1929, conocido
popularmente como "Salto Grande", actualmente depositado y preservado en
el Museo Histórico de la ciudad de Salto;
RESULTANDO: 1- Que el citado medio de transporte de procedencia
americana, fue utilizado entre los años 1930 y 1955 para el traslado de
pasajeros en la ciudad de Salto;
2- Que esta unidad es testimonio de los medios de transporte;
CONSIDERANDO: 1- Que es convicción unánime de la Comisión de Patrimonio
que, preservando este medio de transporte se rescata para el acervo
cultural, departamental y nacional, un monumento de singular
trascendencia, por ser uno de los últimos ejemplares existentes en el
país;
2- Que el Poder Ejecutivo, con el propósito de proteger aquellos bienes
culturales que representan un importante valor patrimonial, accederá a lo
solicitado declarando Monumento Histórico al ómnibus de fabricación
americana, marca "REO MOTOR COMPANY", modelo 1929, actualmente en custodia
en el Museo Histórico de la ciudad de Salto;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión de
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a lo establecido
en la Ley 14.040 del 20 de octubre de 1971, en el Decreto Reglamentario
536/72 del 1 de agosto de 1972;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Declarar Monumento Histórico al ómnibus de fabricación americana, marca
"REO MOTOR COMPANY", modelo 1929, conocido como "Salto Grande",
actualmente en custodia en el Museo Histórico de la ciudad de Salto.
Comuníquese al Ministerio de Educación y Cultura, a la Intendencia
Municipal de Salto, a la Junta Departamental de Salto, al Museo Histórico
Nacional, al Museo Histórico de Salto, a la Comisión Honoraria del
Patrimonio de Salto, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a la
Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación.