Visto: lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo de 3 de
junio de 1993.
Resultando: I) que la citada resolución, en cumplimiento de lo
dispuesto por el artículo 22 de la Ley Nº 16.320 de 1º de noviembre de
1992 y su Decreto reglamentario Nº 10/993 de 12 de enero de 1993, declaró
la caducidad de aquellos pases en comisión que no fueron incluidos en las
nóminas proporcionadas por los organismos dependientes de la
Administración Central, y que se encontrarían vigentes de acuerdo con los
datos que surgen del Registro llevado por la Oficina Nacional del Servicio
Civil, salvo los dispuestos al amparo de normas jurídicas especiales o del
artículo 32 de la Ley Nº 15.851 de 24 de diciembre de 1986, con la
redacción dada por el artículo 40 de la Ley Nº 16.320 de 1º de noviembre
de 1992, según el listado abierto por incisos que formó parte de la citada
resolución;
II) que en la confección de la nómina que debían remitir las diversas
dependencias del Poder Ejecutivo, se padeció error en la referencia al Sr.
Alvaro Sánchez, funcionario del Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca que se desempeña en comisión en el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, que fuera incluido con el nombre de Máximo Sánchez; al igual que
en el caso del Sr. Víctor Alonzo, funcionario del Instituto Nacional del
Menor que se desempeña en comisión en el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, que figura como oficina de origen un organismo distinto al
comunicado por el Ministerio;
III) que, asimismo, fue declarada por error, la caducidad del pase en
comisión del funcionario de la Oficina Nacional del Servicio Civil, Cr.
Manuel Rodríguez Beltrame, al Ministerio de Economía y Finanzas, ya que el
referido pase fue dispuesto al amparo del régimen especial establecido en
el artículo 20 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987, en la
redacción dada por el artículo 41 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre
de 1990, que se encuentra exceptuado de las disposiciones del artículo 22
de la Ley Nº 16.320 citado;
Considerando: que resulta necesario corregir los errores padecidos;
Atento: a lo precedentemente expuesto,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
RESUELVE:
Déjese sin efecto la Resolución del Poder Ejecutivo de 3 de junio de
1993 sólo en cuanto dispone la caducidad del pase en comisión de los
siguientes funcionarios, cuyos actuales destinos se mantienen:
- Sr. Máximo Alvaro Sánchez Cortazzo, funcionario del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca que se desempeña en comisión en el
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;
- Sr. Víctor Alonzo, funcionario del Instituto Nacional del Menor que se
desempeña en comisión en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;
- Cr. Manuel Rodríguez Beltrame, funcionario de la Oficina Nacional del
Servicio Civil, de la Presidencia de la República que se desempeña en
comisión en el Ministerio de Economía y Finanzas.
Comuníquese a las respectivas Contadurías Centrales.
LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - SERGIO ABREU - IGNACIO DE POSADAS
MONTERO - DANIEL HUGO MARTINS - ANTONIO MERCADER - JUAN CARLOS RAFFO -
EDUARDO ACHE - RICARDO REILLY - GUILLERMO GARCIA COSTA - PEDRO SARAVIA -
JOSE VILLAR GOMEZ - MANUEL ANTONIO ROMAY