PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. CAMPOMAR Y SOULAS S.A.




Promulgación: 21/07/1994
Publicación: 08/08/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: El planteo realizado por la Agremiación Obrera Textil, en
representación de los trabajadors de CAMPOMAR Y SOULAS S.A. para que se
les extienda el Seguro por Desempleo.

  Resultando: I) que la citada empresa se vio obligada a detener sus
actividades, debiendo enviar a su personal al Seguro de Paro;

II) que con fecha 14 de marzo de 1994 se otorgó una prórroga de 60 días al
personal de la empresa, de los beneficios que otorga el Seguro por
Desempleo.

  Considerando: I) que se han dilatado los proyectos tendientes a la
reactivación del establecimiento industrial;

II) que resulta conveniente conceder una nueva extensión del amparo al
Seguro por Desempleo, a efectos de permitir la reapertura de una fuente de
trabajo importante para la ciudad de Juan Lacaze.

  Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo
10 del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de Agosto de 1981,

                      El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

   Amplíase por el plazo de 30 (treinta) días el amparo a los beneficios
que otorga el Banco de Previsión Social por Seguro por Desempleo a los
trabajadores de la empresa CAMPOMAR Y SOULAS S.A. 

SANTORO - RICARDO REILLY
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