Visto: la solicitud de la empresa Quesería Helvética S.A. tendiente a
que se le autorice a importar chassis con cubiertas al amparo de la
resolución del Poder Ejecutivo del 1º de agosto de 1979, por la cual fuera
declarada de Interés Nacional.
Resultando: I) En la precitada resolución del Poder Ejecutivo figuran
cuatro chassis con cabina completa cada uno de ellos con todos sus
accesorios, equipados sin neumáticos y con tracción en las cuatro ruedas,
los cuales son considerados como no competitivos en la industria nacional;
II) La Unidad Asesora de Promoción Industrial aconseja la exoneración
para la importación de las cubiertas en cuestión que vendrían equipando a
los chassis que se trasladarían por tierra.
Considerando: procede en consecuencia modificar la resolución del Poder
Ejecutivo del 1º de agosto de 1979 en el sentido de establecer que se
exoneran a las cubiertas (competitivo nacional) de los cuatro chassis.
Atento: a lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
lo establecido por la ley 14.178 del 28 de marzo de 1974 (de Promoción
Industrial),
El Presidente de la República
RESUELVE:
Modifícase la resolución del Poder Ejecutivo del 1º de agosto de 1979,
-por la cual se declaró de Interés Nacional la actividad del proyecto de
inversión presentado por Quesería Helvética S.A., para ampliar la
capacidad de elaboración de quesos- en el sentido de establecer que se
exonera en forma total a la citada empresa de recargos incluso el mínimo,
derechos y tasas consulares, Impuesto Aduanero Unico a la Importación ,
Tasa de Movilización de Bultos y en general de todo tributo cuya
aplicación corresponda en ocasión de la importación de las cubiertas
(competitivo nacional) que equipan a los cuatro chassis que figuran en el
numeral 2º de la citada resolución del Poder Ejecutivo.