DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. DETERMINADA AREA UBICADA EN LA LOCALIDAD DE CUCHILLA DEL OMBU. TACUAREMBO




Promulgación: 02/12/2013
Publicación: 11/12/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 2131

2

 EL BIEN patrimonial quedará afectado por las servidumbres previstas en el
art. 8 de la Ley N° 14.040 de 20 de octubre de 1971. Las intervenciones en
el área mencionada anteriormente que puedan afectar directamente la
integridad del sitio patrimonial, en particular emprendimientos que
modifiquen el suelo y el subsuelo, tales como apertura o ensanche de
caminería, obras edilicias o de infraestructura, acciones de forestación o
desmalezamiento, deberán contar con la autorización previa de la Comisión
del Patrimonio Cultural de la Nación.
Ayuda