PRORROGA DE CONCESION PARA LA EXPLOTACION DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS. COMPAÑIA DE TRANSPORTE TACUAREMBO MONTEVIDEO S.A.




Promulgación: 02/08/2000
Publicación: 10/08/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
VISTO: la solicitud formulada por la empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE
TACUAREMBO MONTEVIDEO SOCIEDAD ANONIMA (C.T.T.M.S.A.) a fin de
regularizar su situación de la concesión de la línea nacional de larga
distancia Montevideo - San Gregorio de Polanco (Departamento de
Tacuarembó) y viceversa, por Rutas Nºs. 5 y 43.

RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 10 de
noviembre de 1993, se otorgó a la empresa COOPERATIVA DE TRANSPORTE
TACUAREMBO (C.T.T.) la concesión de explotación de dicha línea.

II) Que por Resolución de fecha 20 de mayo de 1998, operó el cambio de
titularidad de la concesión de la explotación de la línea a favor de la
empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE TACUAREMBO MONTEVIDEO SOCIEDAD ANONIMA.

III) Que el plazo de la concesión originaria venció el 10 de noviembre de
1998.

IV) Que desde la citada fecha al presente la empresa COMPAÑIA DE
TRANSPORTE TACUAREMBO MONTEVIDEO SOCIEDAD ANONIMA ha continuado prestando
los servicios en la referida línea.

V) Que con fecha 17 de diciembre de 1998, la citada empresa ha solicitado
la prórroga de acuerdo al Decreto Nº 228/991 de 25 de abril de 1991.

CONSIDERANDO: I) Que la empresa gestionante ha dado cumplimiento a las
disposiciones previstas en la normativa vigente, compareciendo a
solicitar la regularización de su situación.

II) Que su gestión no ha merecido observaciones por parte de la Dirección
Nacional de Transporte, por lo cual nada se opone a la prórroga
solicitada.

ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por el
Decreto Nº 228/991 de 25 de abril de 1991 y modificativos y a lo
informado por la Dirección Nacional de Transporte y el Departamento
Letrado del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Prorrógase a la empresa COMPAÑIA DE TRANSPORTE TACUAREMBO MONTEVIDEO
SOCIEDAD ANONIMA, la concesión de la explotación de los servicios de
transporte colectivo de pasajeros otorgada originalmente por Resolución
del Poder Ejecutivo de fecha 10 de noviembre de 1993, la línea nacional
de larga distancia Montevideo - San Gregorio de Polanco (Departamento de
Tacuarembó) y viceversa, por Rutas Nºs. 5 y 43, con un recorrido de 370
Kms., a partir de la fecha de la presente Resolución. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 2.

2

 Convalídanse los servicios prestados por la citada empresa en la línea
referida en el numeral anterior, desde el 10 de noviembre de 1998 y hasta
la fecha de notificación de la presente Resolución.

3

 Otórgase un plazo de 20 (veinte) días a partir de la notificación de la
presente Resolución, para la firma del Contrato respectivo.

4

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte,
para notificación de los interesados y demás efectos.

BATLLE - LUCIO CACERES
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