Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo efectuado por NORDEX S.A., solicitando la extensión del
Seguro por Desempleo para 16 (dieciséis), de sus trabajadores.
RESULTANDO: I) Que la citada empresa se vio obligada a detener
parcialmente sus actividades, debiendo enviar a parte de su personal al
Seguro por Desempleo.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su producción y gestión,
determinan que la empresa se vea imposibilitada de reingresar en forma
inmediata a dieciséis de sus trabajadores.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180
II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, transitoriamente paralizada por las razones
expuestas.
III) Que resulta conveniente conceder una prórroga del beneficio del
Seguro por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa seguir
gestionando acuerdos empresariales en el mercado exterior, que permita la
reactivación fabril.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el artículo
10 del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Extiéndase por el plazo de 90 (noventa días), a partir de sus
respectivos vencimientos, el amparo de los beneficios del Seguro por
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 16 (dieciséis),
trabajadores de la empresa NORDEX S.A. que estuvieren en condiciones
legales de acceder al beneficio.