El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la empresa Depósitos Montevideo S.A., ante la Administración Nacional de Puertos, solicitando la prórroga de la concesión del Depósito "Julio Herrera y Obes", en el Puerto de Montevideo.
RESULTANDO: I) Que dicha Administración por Resolución de Directorio N° 469/3.743 de fecha 10 de setiembre de 2014 aprobó, supeditado a la intervención del Tribunal de Cuentas de la República y la aprobación del Poder Ejecutivo, la solicitud de la firma Depósitos Montevideo S.A. en las mismas condiciones que rigieron el llamado original, excepto canon y plazo e inversión.
II) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas manifiesta que no tiene objeciones que realizar al respecto, sugiriendo dictar resolución aprobando la renovación solicitada.
III) Que el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central - Carpeta E.E. 2014-17-1-0009481, Ent. 537/15) al practicar la intervención que le compete, no formula observaciones.
ATENTO: a lo dispuesto por el Artículo N° 12 de la Ley N° 16.246 de 8 de abril de 1992, reglamentada en el Decreto N° 412/992, Artículo 39 inciso 7.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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Apruébase la resolución del Directorio de la Administración Nacional de Puertos N° 469/3.743 de fecha 10 de setiembre de 2014 por la cual se prorroga la concesión del Depósito "Julio Herrera y Obes", en el Puerto de Montevideo a la firma Depósitos Montevideo S.A. en las mismas condiciones del llamado original, excepto canon y plazo e inversión.