AUTORIZACION A DEZONAL S.A. A PRESTAR SERVICIOS PORTUARIOS. PUERTO DE MONTEVIDEO Y NUEVA PALMIRA




Promulgación: 03/08/1994
Publicación: 12/08/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
      Visto: La gestión promovida por la empresa DEZONAL S.A. ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para que se le extienda la habilitación para prestar
servicios varios y conexos a la mercadería, mano de obra o equipos en los
Puertos de Montevideo y Nueva Palmira y posterior inscripción en los
Subregistros de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios
correspondientes.

      Resultando: I) Que la firma DEZONAL S.A., fue habilitada con
anterioridad para prestar servicios portuarios a la mercadería en diversas
categorías, en el Puerto de Fray Bentos y en esta oportunidad dicha
empresa solicita se amplíe la habilitación para prestar dichos servicios
en los Puertos antes mencionados.

      II) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido
en el Decreto Nº 413/92 de fecha 1 de setiembre de 1992, por el cual se
aprueba el Reglamento de Habilitación de empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios, complementario del registro creado con tales fines, según
Decreto Nº 412/92 de igual fecha que el anterior.

      III) Que la Administración Nacional de Puertos, por resolución de
fecha 22 de junio de 1994, remite al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas las actuaciones generadas en dicho Organismo, consistentes en la
intervención de sus Divisiones Comercial y Hacienda, las cuales
controlaron la documentación aportada por la interesada, en cumplimiento
de los requisitos  económicos, administrativos y jurídicos que se exigen
reglamentariamente  para la habilitación en cuestión, no formulándose
objeciones en tal sentido.

       IV) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su
Asesoría Técnica en Asuntos Portuarios, es conteste con el criterio
manifestado precedentemente.

        Atento: A lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992
y Decreto Reglamentario Nº 413/92 del 1 de setiembre de 1992, Artículos
14, 17 y 18.

                      El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

  Autorízase a la Administración Nacional de Puertos, a habilitar a la
empresa DEZONAL S.A. para prestar los servicios que se solicitan en los
Puertos de Montevideo y Nueva Palmira y oportunamente proceder a la
inscripción de la misma en los Subregistros de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios correspondiente, una vez cumplidos todos los
requisitos previstos en el Decreto Nº 413/992 del 1 de setiembre de 1992.

2

     Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus
efectos. 

LACALLE HERRERA - JOSE LUIS OVALLE
Ayuda