VISTO: La resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de mayo de 1997.
RESULTANDO: Que la misma declaró promovida de acuerdo a lo establecido en
el Decreto Ley Nº 14.178 de 28 de marzo de 1974 y el Decreto Nº 291/95 de
2 de agosto de 1995, el proyecto de inversión presentado por la firma
MAROPAL S.A. para la construcción del Complejo Turístico denominado
PICCOLA MARINA.
CONSIDERANDO: I) Que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 28 de
mayo de 1997 se estableció que el plazo otorgado a la firma MAROPAL S.A.
para realizar las inversiones con beneficios, abarcará desde el 17 de
junio de 1996 hasta el 31 de enero de 2008.
II) Que MAROPAL S.A. solicita ampliación en el plazo para realizar las
inversiones con beneficios desde el 17 de junio de 1996 hasta el 30 de
setiembre de 2013.
ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido por el Decreto Nº 291/95 de 2 de
agosto de 1995.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Modifícase el numeral 4º de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
28 de mayo de 1997, a fin de establecer que se amplía el plazo dentro del
cual podrán realizarse las inversiones al amparo de los beneficios
promocionales, desde el 17 de junio de 1996 hasta el 30 de setiembre de
2009. La autorización a las sucesivas etapas estarán condicionadas al
cumplimiento de la primera.