PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. BOGNOR S.A., MIDER S.A., MNA S.R.L., IU S.R.L.




Promulgación: 14/12/2006
Publicación: 04/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud de las empresas BOGNOR S.A., MIDER S.A., MNA S.R.L. e IU S.R.L. y el Comité de Base de BOGNOR-OFEROL a fin de que se le otorgue el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión Social a un total de 9 (nueve) trabajadores.

RESULTANDO: Que debido a la falta de actividad de las empresas, se ha determinado el envío del personal de la misma al Seguro por Desempleo que en la actualidad no puede ser reintegrado.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa instrumentar las medidas necesarias a efectos de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                                RESUELVE:

1

 Amplíase por el plazo de 90 (noventa) días, el beneficio del Seguro por Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 1 (un) trabajador de la empresa BOGNOR S.A.; a 2 (dos) trabajadores de la empresa MIDER S.A.; a 5 (cinco) trabajadores de la empresa MNA S.R.L.; y a 1 (uno) trabajador de la empresa IU S.R.L. que se encuentran en condiciones legales de acceder al mismo.

TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI
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