PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. FRASLE S.A.




Promulgación: 20/08/1996
Publicación: 02/09/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  Visto: La solicitud efectuada por la firma FRASLE S.A., a fin de que se
extienda el plazo del Seguro por Desempleo que abona el Banco de Previsión
Social a 16 (dieciséis) de sus empleados.

  Resultando: Que la citada empresa se vio obligada a mermar parcial y
transitoriamente su producción, ante una situación coyuntural adversa,
ajena a su producción que ha afectado a la Industria Textil Nacional,
determinando la imposibilidad del reintegro de sus trabajadores a su
trabajo habitual en forma inmediata.

  Considerando: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

 II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la fuente de
trabajo que proporciona la empresa,teniendo presente que posee tecnología
de avanzada y con personal especializado que se perdería si no se
prorrogara el Seguro por Desempleo.

 III) En tal sentido, resulta conveniente conceder una extensión del
amparo al Seguro por Desempleo a efectos de permitir a la Empresa seguir
instrumentando las medidas necesarias a efectos de mantener la unidad de
producción.

  Atento: a lo precedemente expuesto y a lo establecido en el artículo 10
del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

  El Presidente de la República

                  RESUELVE:

1

   Extiéndese por el plazo de 60 (sesenta) días a contar desde los
respectivos vencimientos al amparo del beneficio del Seguro por Desempleo
que otorga el Banco de Previsión Social, a los 16 (dieciséis) trabajadores
de la firma FRASLE S.A., que se encuentren en condiciones de acceder al
mismo. 

2

  Comuníquese, publíquese, etc. 

BATALLA - MARIO CURBELO
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