Previa notificación a la empresa en el expediente, comuníquese por parte del M.G.A.P. a la Administración Nacional de Puertos, a la Dirección General Impositiva, a la Dirección Nacional de Aduanas, a la Oficina de Atención al Inversor del Ministerio de Turismo, al Ministerio de Economía y Finanzas, al Ministerio de Industria, Energía y Minería y, con las constancias del caso, remítanse estos obrados a la Comisión de Aplicación para su archivo.