Los bienes de activo fijo que se incorporen para llevar a cabo la
actividad del proyecto de inversión que se declara de Interés Nacional en
la presente resolución, se considerarán activos exentos a los efectos de
la liquidación del impuesto al Patrimonio por el término de 5 años a
partir del ejercicio 1/4/9O - 31/3/191 inclusive.