VISTO: La solicitud de la firma ARCOMILL S.A. tendiente a obtener la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales.
RESULTANDO: I) Que el proyecto presentado tiene como cometido la
ampliación del Hotel Las Olas Resort ubicado en La Barra, Maldonado, que
comprenderá la construcción de 30 suites, un salón de eventos y un
restaurante.
II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria promocional para
la actividad del proyecto de inversión presentado por ARCOMILL S.A. y
propone medidas promocionales.
CONSIDERANDO: Que el proyecto presentado por la firma ARCOMILL S.A., de
acuerdo con lo informado por el Ministerio de Turismo y Deporte, es viable
técnica, financiera y económicamente.
ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en los Decretos Nº 175/003 del 7
de mayo de 2003, Nº 350/004 de 29 de setiembre de 2004 y Nº 262/005 de 29
de agosto de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la
Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del
Decreto Nº 175/003 del 7 de mayo de 2003, el proyecto de inversión
presentado por la empresa ARCOMILL S.A. para la ampliación del Hotel Las
Olas Resort, por un monto total de inversión de U$S 2:115.250 (dólares
americanos dos millones ciento quince mil doscientos cincuenta) a
construirse en Maldonado, en La Barra.