AUTORIZACION A BOTNIA FRAY BENTOS S.A. LA CONSTRUCCION DE UNA TERMINAL PORTUARIA - OTORGAMIENTO A BOTNIA FRAY BENTOS S.A. LA OCUPACION DE UNA FRACCION DEL ALVEO PUBLICO DEL RIO URUGUAY




Promulgación: 05/07/2005
Publicación: 11/07/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 229
Referencias a toda la norma

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 PROPIEDAD DE LAS OBRAS
Todas las obras e instalaciones que se ejecuten en el álveo, incluyendo
la parte del mismo que se rellene según lo dispuesto en el numeral 2º de
la presente resolución, serán de dominio público, otorgándose a Botnia
Fray Bentos S.A. el usufructo en exclusividad mientras dure la
concesión.
De no mediar prórroga acordada por las partes, todos los predios que
formando parte del padrón Nº 1569 sean necesarios para el funcionamiento
de la terminal portuaria, podrán ser expropiados incluidas las obras e
instalaciones existentes en los mismos, a favor del Estado de acuerdo con
lo que establece la legislación vigente.
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