ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. 90.1 MHZ. TRANQUERAS. RIVERA




Promulgación: 09/10/1998
Publicación: 21/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 708
Referencias a toda la norma
 VISTO: el llamado público efectuado a interesados para la explotación de
la frecuencia 90.1 Mhz., para el funcionamiento de una estación en la
localidad de Tranqueras, departamento de Rivera.

 RESULTANDO: que de acuerdo a las actuaciones administrativas promovidas
se presentaron dos interesados que acreditan cumplir con los requisitos
establecidos por la normativa aplicable en la materia.

 CONSIDERANDO: I) que el Poder Ejecutivo como responsable internacional
respecto de la utilización de frecuencias, acorde a lo dispuesto por las
Convenciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (U.I.T.),
debe seleccionar al futuro permisario acorde a las facultades legales y
reglamentarias conferidas.

              II) que en tal sentido debe adoptar criterios de selección
fundados en la legalidad, la razonabilidad y el interés general, debiendo
por su parte evaluar las especificaciones técnicas al igual que los
precitados requisitos a acreditarse por los postulantes.

             III) que del estudio de las ofertas producidas surge la
conveniencia de adjudicar la frecuencia de obrados para la operación de
una estación, a la firma "VIETECH S.R.L.".

 ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo preceptuado por el Decreto-Ley 14.670 de
23 de junio de 1977, Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, sus
modificativos Decreto 327/980 y 350/986 de 10 de julio de 1980 y 8 de
julio de 1986 respectivamente y Decreto 125/993 de 12 de marzo de 1993.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

    Autorízase a la firma "VIETECH S.R.L.", el uso de la frecuencia 90.1
Mhz., para operar una estación en la localidad de Tranqueras,
departamento de Rivera, Canal 211, con una potencia adjudicada de 1
Kilovatio, altura media de antena de 30 metros y un área de cobertura de
20 kilómetros.
Referencias al numeral

2

    Establécese que la presente autorización se otorga con carácter
precario y revocable, no generando derecho a reclamo o indemnización de
clase alguna.
Referencias al numeral

3

    Los adjudicatarios deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 4to. del Decreto 125/993 de 12 de marzo de 1993.
Referencias al numeral

4

    Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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