ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. 103.3 MHZ. SAN JOSE DE MAYO. SAN JOSE




Promulgación: 01/02/1994
Publicación: 16/02/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
      Visto: el llamado público efectuado a aspirantes para la
adjudicación de la frecuencia de 103.3 MHz (canal 277) para el
funcionamiento de una estación de radiodifusión en F.M., en la ciudad de
San José de Mayo, departamento de San José.

     Resultando: que de acuerdo a las actuaciones administrativas
promovidas se presentaron varios interesados los cuales acreditaron
cumplir con los requisitos establecidos por la normativa aplicable vigente
en la materia.

     Considerando: I) que el Poder Ejecutivo como responsable
internacional respecto de la utilización de frecuencias acorde a lo
dispuesto por las Convenciones de la U.I.T. (Unión Internacional de
Telecomunicaciones) debe seleccionar el futuro permisario acorde a las
facultades legales y reglamentarias conferidas.

     II) que en tal sentido debe adoptar criterios de selección fundados
en la legalidad, razonabilidad y el interés general, debiendo por su parte
evaluar las especificaciones técnicas al igual que los precitados
requisitos a acreditarse por los postulantes.

     III) que por tanto se estima conveniente adjudicar la frecuencia de
obrados para la operación de una Difusora de F.M. en la ciudad de San José
de Mayo a la Diócesis de San José de  Mayo de la Iglesia Católica
Apostólica Romana en el Uruguay.

     Atento: a lo expuesto precedentemente, a lo informado por la
Dirección Nacional de Telecomunicaciones y por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por el Decreto-Ley
14.670 de 23 de junio de 1977, Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978,
sus modificativos Decretos 327/980 y 350/986 de 10 de julio de 1980 y 8 de
julio de 1986 respectivamente y Decreto 125/993 de 12 de marzo de 1993.

     El Presidente de la República

                                 RESUELVE:

1

 Autorízase a la Diócesis de San José de Mayo de la Iglesia Católica
Apostólica Romana en el Uruguay el uso de la frecuencia de 103.3 MHz
(canal 277) con una potencia de 5 KW y altura media de antena de 30
metros, para operar una Difusora de F.M. en la ciudad de San José de Mayo,
departamento de San José.  
Referencias al numeral

2

 Establécese que la presente autorización se otorga con carácter precario
y revocable, no generando derecho a reclamo o indemnización de clase
alguna.
Referencias al numeral

3

   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.   

LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS
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