El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: la solicitud formulada por la Cooperativa de trabajadores de Paylana (COTRAPAY), que gira en el ramo textil, a fin de que se le otorgue prórroga del beneficio del subsidio por desempleo que abona el Banco de Previsión Social, a diez (10) de sus trabajadores, al amparo de lo previsto por la ley N° 19.425 de 12 de agosto de 2016.
RESULTANDO: Que la mencionada norma legal faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y hasta por un plazo de 180 (ciento ochenta) días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la citada Cooperativa.
CONSIDERANDO: I) Que en uso de las facultades indicadas se entiende conveniente conceder la extensión solicitada, con el objeto de permitir la instrumentación de las medidas necesarias a fin de mantener la fuente de trabajo a dicho personal.
II) Que el artículo 1° de la ley N° 19.425 de 12 de agosto de 2016, dispone la extensión del seguro por desempleo regulado por el decreto-ley N° 15.180 de 20 de agosto de 1981, a los trabajadores de la Cooperativa de trabajadores de Paylana (COTRAPAY).
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1° de la ley N° 19.425 de 12 de agosto de 2016,
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE
AMPLÍASE por noventa (90) días o su saldo si fuere menor, el plazo del beneficio del subsidio por desempleo que otorga el Banco de Previsión Social a cinco (10) trabajadores de la Cooperativa de trabajadores de Paylana (COTRAPAY), que se encuentran en condiciones legales de acceder al mismo.
EL MONTO DEL SUBSIDIO que por esta resolución se concede, se liquidará conforme a lo establecido en el artículo 7.2) del decreto-ley N° 15.180 de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la ley N° 18.399 de 24 de octubre de 2008.