Declárase que no existe autorización vigente a la Sra. Ana María Troncoso
par operar servicio alguno de televisión para abonados, y, por ende, que
quedan sin efecto y se encuentran revocadas todas las asignaciones de
frecuencias a la Sra. Ana María Troncoso para operar sistemas de
televisión para abonados. En consecuencia y al menos por estos
fundamentos, desestímase la solicitud de Ana María Troncoso de unificar
las plantas emisoras e introducir modificaciones técnicas en el proyecto.