VISTO: la solicitud de la empresa PANTILCO S.A. tendiente a obtener la
declaratoria promocional y la concesión de diversos beneficios
promocionales para la actividad que se propone realizar según el proyecto
de inversión presentado;
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la adquisición de
maquinaria agrícola, la instalación de una planta de silos, y la
construcción de un galpón, que le permitirán aumentar la producción y
ahorrar costos;
CONSIDERANDO: I) la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º. de la
ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y la
recomendación realizados por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca, decide recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios
establecidos en la citada ley.
II) el proyecto presentado por PANTILCO S.A. da cumplimiento con el
artículo 11 de la ley Nº. 16.906, de 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el decreto ley No. 14.178 de
Promoción Industrial, de 28 de marzo de 1974 y ley No. 16.906, de 7 de
enero de 1998,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por PANTILCO S.A, referente a la instalación de cuatro silos, la
adquisición de maquinaria agrícola y la construcción de un galpón y
taller de herramientas, lo que permitirá aumentar la producción y reducir
costos operativos.
BATLLE - JOSE VILLAR - ISAAC ALFIE - MARTIN AGUIRREZABALA