PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. BIAR S.A.




Promulgación: 14/10/1998
Publicación: 21/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
 VISTO: El planteo efectuado por BIAR S.A., solicitando la extensión del
Seguro por Desempleo para 39 (treinta y nueve) de sus trabajadores.

 RESULTANDO: I) Que la citada Empresa se vio obligada a detener
parcialmente sus actividades, debiendo enviar a su personal al Seguro por
Desempleo

 II) Que factores coyunturales adversos, determinan que la empresa se vea
imposibilitada de reingresar en forma inmediata a todos sus trabajadores.

 CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del Artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

 II) Que resulta de interés general mantener una importante fuente de
trabajo y producción, en virtud de que la no concesión de dicho beneficio
significaría un problema social irreparable para sus trabajadores
especializados.

 III) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo, a efectos de facilitar a los empresarios adquirentes, la
toma de posesión de la planta y la reactivación de la operatividad
productiva de la misma.

 ATENTO: A lo expuesto precedentemente, y a lo establecido en el Artículo
10 del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

    Extiéndese por el plazo de 30 (treinta) días, a partir de los
respectivos vencimientos, el amparo de los beneficios que otorga el
Banco de Previsión Social por Seguro de Desempleo, a 39 (treinta y nueve),
trabajadores de la empresa BIAR S.A., que se encuentren en condiciones
legales de acceder al mismo. 

2

    COMUNIQUESE, notifíquese, etc. 


FERNANDEZ FAINGOLD - ANA LIA PIÑEYRUA
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