Visto: la solicitud de la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL.) para la aprobación del proyecto de Acuerdo-Marco de
Cooperación entre la citada Administración Nacional y Telefónica de
Argentina S. A., relativo a promover la colaboración y apoyo mutuo
mediante la realización de proyectos de cooperación, intercambio de
información, colaboración en el área de capacitación, investigación y
desarrollo, asistencia técnica y trabajos conjuntos sobre temas de
interés común.
Resultando: que la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL.) ha aprobado en forma provisoria el Proyecto de Acuerdo-Marco
de referencia, el que podrá ser ratificado una vez aprobado por el
Poder Ejecutivo.
Considerando: que la suscripción definitiva del Convenio resulta
conveniente para la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL.).
Atento: a lo expresado, a lo informado por la Oficina de Planeamiento
y Presupuesto, a lo dispuesto por el artículo 2º literal F) del
decreto 310/980, de 3 de junio de 1980 y por el artículo 2º numeral
10) del decreto 573/990, de 12 de diciembre de 1990,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Apruébase el proyecto de Acuerdo - Marco de Cooperación suscripto
provisoriamente entre la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL.) y Telefónica de Argentina S. A., que fuera aprobado
provisoriamente por la Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL.). (*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.
LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS - JOSE MARIA GAMIO